Juicio Penal: Diligencias Previas - Procedimiento Abreviado
El procedimiento abreviado se aplica para el enjuiciamiento de delitos castigados con penas privativas de libertad no superiores a 9 años.
Todas las actuaciones judiciales se registran como DILIGENCIAS PREVIAS que incoará el Juez de Instrucción, el Juez Central de Instrucción o el Juez de Violencia sobre la Mujer.
Lo que delimita un Sumario de unas Diligencias Previas es, por tanto, la pena privativa de libertad. Hay sin embargo en nuestro Derecho Procesal un procedimiento especial que no tiene en cuenta la pena para incoarlo sino el hecho delictivo y es el Jurado.
Instruidas las Diligencias, la competencia para juzgar en el Procedimiento Abreviado le corresponde a la Audiencia (Provincial o Nacional) cuando las penas privativas de libertad son superiores a 5 años y hasta 9 años. En los casos en que sea inferior a 5 años juzgará el Juez Penal o el Juez Central de lo Penal.
.Juicio Penal: Diligencias Previas. Elisa Hurtado Pérez, Procuradora de los Tribunales de Madrid.
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